jueves, 1 de mayo de 2008

La justicia electrónica en el Perú


Hace posible las video- audiencias, notificaciones y las firmas biométricas.
Próximamente se espera su empleo para los procesos virtuales.
Edgardo Torres López
Magistrado (*)

Las principales Cortes Superiores de Justicia del Perú han empezado a utilizar la informática jurídica de gestión en las notificaciones electrónicas, videoaudiencias, firmas biométricas, y en un futuro próximo la opción del proceso virtual para casos no contenciosos, reconocimiento de sentencias expedidas en el extranjero (exequátur) y otros que podrán ser planteados directamente por internet.

¿Qué importancia tienen esos avances? Cómo todos sabemos, los principales defectos de la administración de justicia son la lentitud, morosidad e incertidumbre. Los procesos judiciales demoran años; además generan inseguridad y altos costos. Es primordial disminuir esos defectos con una justicia previsible, segura, equitativa, administrada a plazos razonables y con el uso de nuevas herramientas tecnológicas.

E-justicia
Uno de los medios para el logro de dichos objetivos es el uso de la tecnología informática, conocida en Europa como E-Justicia o Justicia Electrónica. Por ejemplo, al amparo de la Ley Nº 27419, en el Perú no es necesario movilizarse largas distancias para hacer las notificaciones; desde 2001, en que se dictó la ley, proceden las notificaciones judiciales, mediante fax, teléfono o por la vía electrónica.

Las cortes superiores de Lima Norte y del Callao, con decisión y voluntad, usan ese sistema que está al alcance de todos, y es eficaz siempre que los abogados fijen en los procesos una casilla electrónica como domicilio procesal.

Las notificaciones electrónicas reducen cualitativamente los costos y abrevian el tiempo de los procesos. Ahora que se ha expandido el uso de internet, abogados, simplemente contando con un código personal o casilla electrónica, pueden acceder a cualquier cabina y recibir sus notificaciones. El nuevo sistema electrónico resulta seguro, económico y confiable; e idéntico a una casilla física, pero en forma virtual.

No obstante estos avances, en el Perú falta una ley que brinde impulso al expediente virtual, conforme existe en Panamá, Brasil, Uruguay, Chile y algunas provincias de Argentina. Con firme determinación en el cambio, el marco jurídico adecuado y los equipos indispensables, la justicia electrónica se hará realidad en nuestro país.

(*) Presidente de la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.

En el Perú falta una ley que brinde impulso al expediente virtual, conforme existe en Panamá, Brasil, Uruguay, Chile y algunas provincias de Argentina.

Datos
La primera notificación judicial vía correo electrónico, a escala nacional, fue enviada en abril de 2005 a un abogado litigante del distrito de Independencia. El trascendente acto se cumplió en la Corte de Justicia de Lima Norte, al inaugurarse un programa de diligenciamiento que permitía acabar con las devoluciones de estos documentos que eran constante excusa para retardar los procesos judiciales.

El abogado litigante Ramiro Santiago Barbarán Vela fue el primer profesional que se acogió a este novedoso sistema y a quien le correspondió la casilla electrónica N° 1, a donde le fue remitida una notificación diligenciada por la Segunda Sala Especializada en lo Civil de esta jurisdicción.

Esta notificación electrónica no es un simple correo electrónico, sino un instrumento que cumple los requisitos que establece la legislación con respecto a las Notificaciones Judiciales, la cual está vigente en el país desde el año 2001.

Videoaudiencia para los procesos
La videoaudiencia ya se está efectuando con pleno consentimiento de las partes en el despacho del Sexto Juzgado de Familia de Lima Norte. Un justiciable desde el extranjero se hizo presente en forma virtual en una audiencia, vía el programa skype de internet. Dicha persona firmó el acta, como si hubiese estado presente físicamente; el acto con la participación del Ministerio Público tiene eficacia y valor legal.

En la Segunda Sala Civil de Lima Norte, asimismo, en un proceso de exequátur (reconocimiento judicial de sentencias extranjeras) se ha efectuado una videoaudiencia, para beneficio de un justiciable con residencia en el extranjero, logrando un significativo ahorro de economía, tiempo y esfuerzo.

Respecto a la firma biométrica, significa que los procesados con mandato de comparecencia ya no tendrán que hacer largas colas para registrar sus firmas. Simplemente, desde cualquier cabina de internet, imprimirán su huella digital, quedando registrados automáticamente, cumpliendo la disposición de permanencia en el lugar del juzgamiento.
El sistema de digitalización de expedientes es también un avance notable; en virtud de que permite ahorrar espacio, tiempo y esfuerzo en la ubicación de expedientes fenecidos. La información contenida en los archivos será incorporada progresivamente a discos magnéticos y podrá ser recuperada en segundos, vía internet.
EL PERUANO 22-04-08

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